Justo después de dar a luz llega el momento de iniciar los trámites para inscribir a tu bebé en todos los registros y legalizarlo. Desde el parto, los documentos empezarán a llegar a vuestras manos, así que tomad aire, coger una buena carpeta y prestar atención a las siguientes recomendaciones que os damos en ShBarcelona.
Los trámites cuando se tiene un niño son variados, así que será importante mantenerlo todo en orden y estar al tanto de cada paso que se debe dar, para acabar cuanto antes con el papeleo y tenerlo todo en regla.
Tabla de contenidos
Trámites principales para niños
Horas después de dar a luz llegarán a ti algunos documentos que serán el inicio de la tramitación de tu pequeño. En primer lugar recibirás tanto el informe médico de maternidad, un impreso de color amarillo, como el boletín estadístico, un papel azul o rojo dependiendo de la comunidad, aunque también os lo pueden otorgar en el Registro Civil. Guarda esos documentos y asegúrate de que el informe médico de maternidad está firmado por el médico o la comadrona que ha asistido tu parto. En cuanto den el alta médica a la mamá y al bebé, será el momento de comenzar la tramitación. Toma nota:
Registro Civil
Para empezar debes censar al bebé en la ciudad en la que ha nacido o bien en el que será su municipio de residencia. Este trámite debe realizarse entre las 24 horas del nacimiento del pequeño hasta un máximo de 8 días posteriores. Para tramitar el censo deberás llevar los siguientes documentos:
- DNI de los padres
- Libro de Familia (si no estáis casados y todavía no tenéis un libro de familia os lo facilitarán en el Registro Civil)
- Informe médico de maternidad (el impreso amarillo que os dieron en el hospital)
- El Boletín Estadístico (el impreso rojo o azul)
En caso de que alguno de los progenitores ya estuviera casado anteriormente, se tendrá que entregar la sentencia de separación o divorcio.
Consejo: si vuestra intención es emitir el DNI del recién nacido en los próximos días, pedid el certificado literal del nacimiento del bebé, caduca a los 6 meses y os será de utilidad para tramitar el documento de identificación del pequeño.
Alta de Padrón Municipal
Después de hacer el censo del bebé en el Registro Civil toca empadronar al pequeño en el ayuntamiento de la ciudad donde residirá o bien, en el caso de grandes ciudades como Barcelona, en los organismos de atención ciudadana de cada barrio o distrito donde vivirá el menor. Para realizar el alta del Padrón Municipal deberás presentar los siguientes documentos:
- DNI del padre o de la madre (basta con uno de los dos)
- Libro de familia
Durante vuestra visita al ayuntamiento es importante que pidáis 3 copias del certificado de empadronamiento que necesitaréis tanto para la Seguridad Social como para emitir el DNI u obtener la Tarjeta Sanitaria. Este certificado caducará a los 3 meses, así que es importante realizar todos estos trámites durante este tiempo.
Artículo relacionado: Cómo empadronarse en Barcelona
Trámites en la Seguridad Social
Algunos de los trám
Los documentos necesarios para la prestación de maternidad o paternidad son:
- DNI de la madre o del padre (según para quien sea la prestación)
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento
- Baja por maternidad si lo pide la madre
- Certificado de la empresa si se es trabajador/a asalariado
- Los tres últimos recibos del pago de autónomo si se es autónomo
- Impreso del Modelo 145 con los datos del padre o la madre, que lo proporcionan en el INSS
- Impreso de la solicitud de maternidad o paternidad que también lo proporcionan en el INSS
Para tramitar la afiliación del bebé se necesitará:
- Libro de familia
- Cartilla de la Seguridad Social donde se inscribirá al bebé (padre o madre)
- Tarjeta sanitaria del padre o la madre (dependiendo donde se realice la inscripción)
- Impreso de la afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social, que será otorgada en el mismo INSS
Artículo relacionado: Obtener un número de la Seguridad Social
Tarjeta Sanitaria
La tarjeta sanitaria es imprescindible para que el bebé pueda recibir atención médica. Para tramitarla debéis dirigiros al CAP, Centro de Atención Primaria, que os pertenezca según el distrito barcelonés donde resida el menor y donde realizará el seguimiento pediátrico. La documentación imprescindible para realizar dicho trámite es:
- Libro de familia
- Certificado de empadronamiento del pequeño
- Impreso de afiliación del bebé como beneficiario de la Seguridad Social
- Impreso de solicitud de la tarjeta sanitaria, que se proporcionará en el propio CAP.
Si vuestro planteamiento es que el bebé reciba las visitas médicas en una mutua, la tarjeta sanitaria debe tramitarse igualmente, aunque en este caso no será necesaria la asignación de un pediatra público en el CAP.
Artículo relacionado: Cómo cambiar tu médico de cabecera
DNI (Documento Nacional de Identidad)
Aunque la tramitación del DNI no es obligatoria hasta los 14 años, no está de más tramitarlo ya que será obligatorio en caso de que el menor tenga que viajar al exterior (vuelos internacionales). Para tramitarlo, hay que acercarse a la oficina de tramitación de DNI más cercana (puedes consultarlo en la web del ayuntamiento). La documentación requerida es:
- Foto de carnet en color del bebé
- Certificado de empadronamiento
- Certificado de nacimiento (obtenido en el Registro Civil)
Para poder emitir el DNI debe estar presente el bebé en el momento del trámite. Además es recomendable pedir cita previa para no tener que hacer largas colas y poder emitir rápidamente el documento de identificación del pequeño.
Leave a Comment