Pocas cosas hacen más ilusión que mudarse y empezar una nueva etapa en un piso de alquiler en Barcelona, ya sea solo/a o acompañado/a de tus amigos o en pareja.
Como ya sabemos, el primer paso para poder empezar a vivir en él es la formalización del contrato. Además de toda la documentación que hay que presentar, siempre debemos pagar una cantidad de dinero que muchas veces genera diversas controversias: la fianza del alquiler.
Seguro que cada vez que piensas en ella en tu cabeza surgen preguntas como: “¿Es obligatorio pagarla? ¿Qué hay que hacer si no me devuelven la fianza del alquiler?” En este artículo de ShBarcelona te ayudamos a salir de dudas y te contamos todo lo que debes saber sobre ella.
Tabla de contenidos
¿Para qué sirve la fianza de alquiler?
Para empezar, la fianza de alquiler, regulada por el artículo 36 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, es una cantidad de dinero que se entrega en metálico al propietario de la vivienda cuando se formaliza el contrato de alquiler.
Se trata de una garantía para asegurar que el inquilino cumpla con todas las obligaciones descritas en el contrato. Esta cantidad equivale a una mensualidad, aunque en algunos casos se pueden exigir hasta tres mensualidades de alquiler y es obligatorio entregarla en todos los arrendamientos de vivienda.
¿Dónde se deposita la fianza de alquiler?
La mayoría de Comunidades Autónomas cuentan con un organismo oficial que es el encargado de recaudar las fianzas; en el caso de Cataluña, la entidad pública donde debe depositarse el dinero es el Institut Català del Sòl (INCASÒL).
Este trámite siempre lo gestiona el mismo propietario o la agencia inmobiliaria, aunque el inquilino tiene derecho a pedir una copia sellada. De esta manera, el arrendatario se asegura que su dinero se encuentra en el lugar correspondiente.
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Se ha finalizado el contrato, ¿Cuándo se devuelve la fianza?
Transcurridos los meses o los años estipulados en el contrato de alquiler, es habitual que la devolución de la fianza del alquiler de un piso pueda generar diversas dudas.
Por lo general, los propietarios están obligados a devolver la fianza a sus inquilinos., siempre y cuando el estado en el que se deja la vivienda sea el adecuado. Es decir, que no se hayan causado desperfectos ni daños en la vivienda que exijan reparaciones o la sustitución de muebles o electrodomésticos por su mal uso.
En cuanto al plazo de devolución de la fianza, el Incasòl dispone de 21 días para reembolsar el depósito, mientras que el propietario cuenta con un mes para devolver la fianza de alquiler desde el fin del contrato.
¿Puede el propietario no devolver la fianza?
Es cierto que algunos propietarios son más puntillosos y ven desperfectos donde no los hay, o ya estaban antes de entrar a vivir en el piso de alquiler. Para evitar malinterpretaciones, es recomendable contar con la intermediación de una agencia inmobiliaria entre propietario e inquilino para facilitar la firma del contrato.
💡 Para evitar malinterpretaciones o que el propietario te descuente parte de la fianza para reparaciones, es importante realizar un inventario. En él se pueden detallar todo el mobiliario y pequeños desperfectos con el que cuenta la vivienda. |
No obstante, tal y como hemos comentado anteriormente, hay otras ocasiones en que los inquilinos no han cumplido con las obligaciones estipuladas en el contrato y en consecuencia, el propietario no procede a la devolución de la fianza.
El propietario puede negarse a retornar la fianza y utilizar parte o la totalidad del dinero si sucede alguna de estas tres situaciones:
- La vivienda se encuentra en mal estado y con desperfectos en el mobiliario o electrodomésticos por un uso indebido
- Cuando el inquilino no ha cumplido con la obligación de pagar todos los suministros pactados de agua, gas, electricidad, etc. o del pago de las rentas en el plazo acordado
- La vivienda no se ha entregado con las condiciones de limpieza exigidas
Gastos que no cubre la fianza del alquiler
Ya hemos visto en qué situaciones el propietario puede quedarse con toda o parte de la fianza para cubrir algunos gastos. Pero también debemos tener en cuenta que hay reparaciones en las que no está permitido utilizar la fianza del inquilino.
En obras de conservación
Aquellas obras en las que son indispensables para que el inquilino viva en condiciones de habitabilidad, ya sea cambiar una tubería o reparar desperfectos causados por goteras que deriven a humedades.
Para realizar obras de mejora
Aquellas reformas que no son estrictamente necesarias para el día a día del inquilino, pero pueden ayudar a mejorar su calidad de vida o la estética de la vivienda, como por ejemplo cambiar los azulejos del baño o incorporar aire acondicionado.
En pequeñas reparaciones
Es normal que la vivienda de alquiler sufra un desgaste natural, ya sea por el paso de los años como por la rotación de diferentes inquilinos, así que obras como pintar las paredes es un gasto que el mismo propietario debe asumir.
¿Qué ocurre si el propietario se niega a devolver la fianza de alquiler?
En el caso de que el propietario esté disconforme con el estado de su vivienda y considera que necesita reparaciones, tiene que demostrar que el desperfecto ha sido causado por un mal uso por parte del inquilino y no por el desgaste natural.
Si el casero no consigue argumentar que los daños han sido provocados por el inquilino y aún así se niega a devolver la fianza del alquiler, el arrendatario tiene el derecho a reclamarlo por vía judicial.
Por su parte, el propietario puede exponer las facturas de las reparaciones donde se justifique que los daños fueron producidos por el inquilino y no proceda a la devolución de la fianza.
Debes saber que si la cantidad de dinero reclamada es menor de 2.000€, no es necesario asistir al juzgado con un abogado, aunque siempre es recomendable contar con una persona que te asesore durante este tipo de procesos.
¿Alguna vez el propietario se ha negado a devolverte la fianza? ¿Qué has hecho en este caso?
Fuentes:
- https://www.abogadosparatodos.net/la-fianza-en-el-contrato-de-arrendamiento/
- https://ajuntament.barcelona.cat/relacionsinternacionalsicooperacio/es/noticia/que-pasa-si-la-persona-arrendadora-no-te-devuelve-la-fianza_925673
- http://incasol.gencat.cat/es/2-serveis_i_tramits/Fiances/Devoluciones/
Hola Olivia, junto con mi pareja dejamos un apartamento hace ya dos meses y en la entrega de llaves la inmobiliaria no indicó ningún desperfecto. Un mes más tarde realizaron una transferencia por un importe inferior al de la fianza. Enviaron una lista de importes deducidos entre los que se incluyen facturas de electricidad gas y agua que fueron pagadas por nosotros así como reparaciones realizadas por su instalador dentro del periodo de garantía de una caldera nueva que instalaron. Desde hace 5 semanas no responden a correos ni han dado solución ¿Debemos interponer una demanda? ¿Cómo podemos hacerlo? Gracias,
Gracias Mateo por tu comentario. Lamentablemente desde ShBarcelona no podemos ayudarte con esta pregunta, ya que nosotros no hemos firmado ese contrato y por tanto no podemos orientarte.
Si lo deseas, puedes contactar con el departamento de vivienda del Ayuntamiento de Barcelona para que te guíen en tu situación: https://habitatge.barcelona/es