Suele ser emocionante ir a vivir a una nueva ciudad y a un nuevo país. Todos tenemos estupendas razones para alquilar un apartamento por diversos motivos en Barcelona, sin embargo debemos prestar mucha atención al fraude y a las estafas, especialmente en el sector inmobiliario. Existen muchas formas de engañar tanto a arrendatarios, como a arrendadores. Por lo tanto, recomendamos tener cuidado, estar alerta, evitar situaciones de riesgo y contactos dudosos.
El uso casi obligatorio de Internet sin duda ha mejorado el acceso a la información, en particular, en lo que respecta a las negociaciones inmobiliarias y al amplio abanico de anuncios de apartamentos y casas. Pero es importante ser prudente y verificar la existencia del apartamento, así como del arrendador. También, debe tener cuidado con los sitios fantasma, que aparecen y desaparecen en poco tiempo, y los que pueden ser inseguros. Esta situación podría causarle problemas y se arriesgaría a hacer pagos inexistentes, corriendo así, el peligro de perder su dinero y su tiempo.
Si se pone en contacto con una agencia para alquilar un piso, le recomendamos verificar su reputación online, tanto en Google, como en redes sociales.
Si se pone en contacto con un particular, en este caso, no debería realizar algún pago a distancia. Además, debe tener cuidado con los particulares que usan páginas web falsas como Airbnb o que por ejemplo, pueden solicitarle un pago mediante una transferencia, bajo el perfil de una agencia. Eso es, sin lugar a dudas, una estafa.
Nuestro consejo:
De cualquier forma, tenga en cuenta que Barcelona es una ciudad cara referente al alquiler de apartamentos y que las gangas no existen. Con lo cual, si una oferta le parece demasiado atractiva, probablemente será una estafa. Puede consultar aquí los precios promedio de alquiler por m2 sin amueblar.
Así mismo, debe prestar atención al contrato que vaya a firmar. En España, los contratos de alquiler a largo plazo son generalmente válidos por 3 años, pero requieren al menos una permanencia en el piso de 6 meses. Si por alguna razón, debe irrumpir el contrato antes de los primeros 6 meses, deberá tener en consideración que el arrendador o la agencia tendrá derecho a reclamarle los meses de diferencia. Esta es la ley en vigor y se respeta en su mayoría. Algunas personas se han pronunciado, indicando haber sido «estafadas», pero los arrendadores están en todo su derecho. Por ello, debe prestar especial atención a su contrato y asegurarse de haber entendido cada línea, porque este le compromete.
Nuestro consejo:
Ante la menor duda, de preferencia, solicítele a su agencia o arrendador una copia del contrato, en su idioma nativo o el de su preferencia. No tendrá por qué facilitárselo, pero será una prueba de confianza entre ambas partes. De lo contrario, sírvase investigar más a través de su consulado u otros medios.
Suele ser un tema complicado cuando se acaba el contrato. Para sentirse seguro, debe saber que en España existe una entidad gubernamental llamada INCASOL, esta exige a todas las agencias y arrendadores a que paguen al menos, la mitad de la cantidad que los arrendatarios pagaron por la fianza. Muchas personas no conocen esta información y es necesaria tenerla en cuenta, ya que en caso de disputa, es esta entidad la que controlará el abuso por ambas partes. Respeta tanto los derechos de los arrendadores, como los de los arrendatarios.
Le aconsejamos encarecidamente no dejar de realizar el pago de su último mes de alquiler con la excusa de que el arrendador ya dispone de una cantidad idéntica, bajo el nombre de fianza. La ley española lo prohíbe expresamente. De hecho, si el arrendador lo estima necesario, puede iniciar un proceso penal y la multa es extremadamente alta.
Nuestro consejo:
Solicítele amablemente a su arrendador un justificante o realice una consulta con Incasol. Es una obligación y además podrá recordarle que a él también le interesa. En caso de disputa, se verá obligado a iniciar un proceso penal por vía legal local. Puede revisar nuestro artículo acerca de las obligaciones del arrendatario y el arrendador en España.
El ITP (Impuesto de Transmisiones Patrimoniales) es un impuesto que ha existido durante décadas, pero solo desde 2015 el Estado ha perseguido a los infractores. De hecho, ahora, todas las agencias y arrendadores están obligados a hacer pagar el ITP a los arrendatarios, aunque algunos piensen que es un nuevo impuesto que sirve para molestarlos. Para calcularlo es muy simple, es el 0,5% de las rentas acumuladas durante el período del contrato. Ejemplo: alquiler de 1000€ por un contrato de 3 años: 0,5% de (1000€ de alquiler X 36 meses) = 180€ de ITP.
Nuestro consejo:
No es negociable, si no lo paga, el Estado recurrirá al arrendador. Por lo cual, para mantener buenas relaciones, se recomienda encarecidamente cumplir con ello. En cualquier caso, él tiene derecho a reclamarle esta cantidad. La buena noticia es que no tiene que realizar el pago del impuesto de vivienda.
Puede que le sorprenda el hecho de estar obligado a pagar una cantidad para dar por reservado un piso. Después de realizar una visita, si desea reservarlo, porque está interesado, la agencia le pedirá que pague una cantidad de dinero, simplemente en concepto de señal. Esta cantidad garantiza su compromiso para reservar el piso, pero no garantiza que su solicitud sea aceptada por el arrendador. Esta cantidad, sin embargo, le será devuelta al 100% en caso de que no sea aceptado. Si se le acepta, esta cantidad se restará a lo que quede por pagar. Y, por último, si es aceptado pero usted desiste, esta cantidad se perderá. Es la forma que tiene la agencia de asegurarse de su disposición de alquiler y de evitar hacer perder el tiempo a ninguna de las partes. La agencia presenta solo una solicitud al arrendador y una segunda, en caso de duda.
Si desea informarse acerca de otras estafas o si tiene alguna otra consulta, no dude en contactarnos a través de los comentarios. ¡Estamos a su disposición para ayudarle en lo que podamos!
This post was last modified on 18/07/2018 11:33
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Hola buenos días
Somos dos francesas que hemos encontrado un piso vía la agencia IvorHome. La agencia inmobiliaria nos pide de pagar la renta a la propietaria antes de firmar el contrato... Eso nos suena raro... Que pensais en esta situación? Gracias por vuestra ayuda
Hola Oriane, gracias por tu comentario.
Lamentablemente, no podemos opinar sin el contrato delante. Puedes consultar nuestros servicios de agencia inmobiliaria para contratos de Temporada o Larga Estancia desde nuestra página web ShBarcelona o bien poniéndote en contacto al correo: info@shbarcelona.com o por teléfono en el 934 521 347. Si estás más segura, nuestros comerciales también hablan francés.
Gracias y un saludo.