Cuando vives en una finca con varios vecinos, para garantizar un buen mantenimiento del edificio y establecer unas normas de convivencia, es muy común constituir una comunidad de propietarios.
Si has comprado recientemente un piso en Barcelona de obra nueva, es posible que la finca todavía no haya celebrado ninguna junta para crear la comunidad. A simple vista puede parecer un proceso largo, con muchos trámites por el medio y difícil de gestionar, pero no es tan difícil como parece.
En este artículo de ShBarcelona te contamos todos los pasos para constituir una comunidad de propiedades y trataremos de resolver todas las dudas que te puedan surgir en el momento de su constitución.
Para comenzar, vamos a definir de qué se trata:
Una comunidad de propietarios es el conjunto de personas que poseen viviendas y/o locales dentro de una finca.
Aunque no sea obligatorio contar con ella, es muy recomendable que se constituya para evitar futuros desencuentros con los vecinos.
Todos los cambios que puedan haber en la finca, como pueden ser reparaciones, obras de mantenimiento, horarios de las zonas comunes o acordar los pagos que deberán asumir todos los propietarios deben acordarse en dichas reuniones.
Pero, ¿qué puede pasar si no se establece una comunidad de propietarios? De no haberla, cada vecino podría aplicar sus propias normas sin consultarlas previamente con el resto y realizar cambios en la finca o en su propia vivienda, pudiendo afectar negativamente a la convivencia y al bienestar de todas las personas que viven ahí.
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Como hemos mencionado anteriormente, existen algunos casos en los que una vez entras a vivir, no existe todavía una comunidad de propietarios.
Esto puede ocurrir en viviendas de obra nueva (pero también de segunda mano) donde el promotor no ha redactado los estatutos de la comunidad de propietarios. En consecuencia, las personas encargadas de constituirla serán los mismos caseros.
Aquí vamos con los pasos a seguir para constituir una:
En esta primera reunión, llamada Junta Constituyente, deberán estar presentes todos los propietarios de la finca. Si aún no se han vendido todos los inmuebles, locales, plazas de garaje u otros, el promotor del edificio también tendrá que asistir.
En ella se formalizará la constitución de la comunidad de propietarios y se nombrarán todos los cargos correspondientes establecidos por la Ley de Propiedad Horizontal.
📌 Cabe la posibilidad que la misma persona que ocupe el cargo de presidente/a también sea el administrador/a y el secretario/a. |
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Una vez se han designado los cargos, se pondrán en debate los siguientes asuntos:
El Acta de Constitución se elabora durante la primera Junta Extraordinaria y recoge toda la información y los pactos que se han acordado en la reunión. En este caso, también se tiene que redactar la asistencia de los vecinos: quién ha asistido, los que han votado a favor de la constitución, etc.
La tienen que firmar tanto el presidente como el secretario de la Comunidad, y este deberá entregarse al Registro de la Propiedad.
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Para poder legalizar el libro de actas, primero hay que presentarlo totalmente vacío ante el Registro de la Propiedad donde se inscribió la finca. Se presenta con una instancia firmada por el Presidente de la Comunidad y la gestión tarda aproximadamente una semana.
Una vez esté validado, en él se recogerán todos los acuerdos de las futuras juntas de la comunidad, en concreto el primero de todo: el Acta de Constitución.
Este tipo de libros se pueden adquirir en cualquier papelería y tienen un coste aproximado de 20€.
El Presidente deberá acudir a la Delegación de Hacienda correspondiente y solicitar el NIF para la Comunidad.
Una vez ahí tendrá que rellenar y firmar el modelo 037 de la Agencia Tributaria, además de complementarlo con la siguiente documentación:
📌 La Escritura de División Horizontal del inmueble es un documento que adjunta toda la información necesaria sobre la comunidad de propietarios, como por ejemplo los elementos comunes, una descripción de las viviendas que conforman la finca o las cuotas de participación, entre otros. Es importante que a todos los propietarios de la finca se les entregue una fotocopia de ésta en el momento de la constitución para que tengan conocimiento de estos datos. |
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Aunque no supone un gasto muy elevado, el presupuesto para la constitución de la comunidad va a cargo de todos los titulares de viviendas, locales u otros inmuebles.
Junto con el libro de actas, que suele costar alrededor de 20€ y el resto de gestiones, no hay un precio exacto del que puede salir todo, pero suele oscilar en total entre los 100€ y los 300€.
Si has llegado hasta aquí, habrás visto que los pasos para constituir una comunidad de propietarios no son complicados y no supone un coste muy elevado para los propietarios.
¿Alguna vez has tenido que constituir una comunidad de propietarios? Cuéntanos tu experiencia en los comentarios.
This post was last modified on 18/07/2021 12:57
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Buenas Tardes, no me ha quedado claro como se pagaria el coste de crear una comunidad, estamos empezando una en una finca antigua que antes era familiar y ahora no, somos 4 pisos (20% coeficientes) y 4 sotanos (5%), se decidio en una Reunion Vecinal que hariamos Comunidad y que se haria por coeficientes, ya que hay propietarios con solo Sotanos, nos han pasado un presupuesto de mas de 700 euros de un Gestor amigo de un propietario de un piso (20%) por crear la comunidad, Registrar Libro de Actas y la asistencia a 2 Juntas, nos comunica el Administrador que el lo hace siempre a partes iguales ( su amigo tiene un piso del 20%), las derramas y las cuotas estan claras por coeficiente pero puede un Administrador sin consultar obligar a pagar a partes iguales a todos los vecinos los Gastos de crear la comunidad, son gastos comunes o individualizados. Gracias de antemano.