El sol, el mar, las tapas, la arquitectura de Gaudí o el estilo de vida, son algunas de las características que le seducirán y hará invertir en Barcelona, además de ser un buen lugar para vivir. Nunca es fácil tomar tal decisión, especialmente dado que los pasos a seguir son diferentes a los de su país de origen y además, el idioma, que algunas veces puede ser un obstáculo para ciertas transacciones.
Le explicaremos el proceso y los pasos que debe tener en cuenta para que, por fin, pueda ponerse manos a la obra y dar inicio a la búsqueda.
En primer lugar, le recomendamos que busque la propiedad cuidadosamente y con especial atención, pero debe tener en cuenta que, una vez encontrado, puede que el proceso se acelere, debido a la gran demanda y que todo concluya en un mes. Por ello, ya puede ir consultando nuestros anuncios, haciendo clic aquí.
Estos son los pasos que deberá seguir una vez que haya elegido el piso:
La compraventa
La oferta de compra debe formalizarse y se llevará a cabo en la agencia. Para garantizar su seriedad y compromiso, se le pedirá que pague una señal de 2000€ (+-).
En esta oferta se señalarán dos fechas: la del contrato de compraventa y la de la firma ante un notario.
Una vez que la oferta de compra se haya efectuado, la agencia se encarga de enviársela al vendedor.
La respuesta del vendedor
Deberá obtener una respuesta dentro de los próximos 5 días hábiles, como máximo. Existen dos opciones: el arrendador acepta su oferta y sigue con al siguiente paso de proceso, o la rechaza y se le devolverá la totalidad de su señal, de 2000€.
El contrato de arras
Es el acuerdo de venta que también se redacta en la agencia y compromete, en este caso, a ambas partes. Este documento debe describir con exactitud el piso, incluyendo la superficie, las condiciones de venta y la fecha de la firma del acta notarial.
En este momento, se le pide al comprador que realice el pago del 10% del precio total de la compra, aunque puede ser otra cantidad, estipulada entre ambas partes.
La ley establece obligaciones para ambas partes con las respectivas consecuencias financieras que penalizan en caso de anulación por alguna de las partes:
Proceso de espera de la firma del acta autentificada
Si usted es extranjero (europeo u otro) y aún no tiene un NIE, deberá solicitarlo. El NIE es el Número de Identidad de Extranjero y es obligatorio en el procedimiento de compra.
Si está fuera de España, simplemente deberá ponerse en contacto con la Embajada o el Consulado de España en la ciudad en la que se encuentre.
Si se encuentra en España, en Barcelona, puede solicitar una cita a través de Internet. El tiempo de espera hasta ser citado puede ser largo, por ello si le citan en una fecha muy tardía, le recomendamos ponerse en contacto con la agencia EASY B. Esta empresa se dedica a acompañar a los extranjeros en los procedimientos administrativos, podrán ayudarle a obtener una cita antes de la fecha otorgada. De esta forma, podrá asegurarse de tener todos los documentos completos y la solicitud a tiempo, para que no haya margen de error.
Firma del acta autentificada ante notario
La firma del Acta autentificada de compra se realiza ante un notario. Le corresponde al comprador elegir el notario, pero no deberá preocuparse ya que le podemos recomendar uno. Durante este paso del proceso, se le solicitará que realice el pago de la cantidad restante del precio de la venta.
Tasas e impuestos que debe tener en cuenta
Las tasas e impuestos representan aproximadamente el 12% del precio de la compra. Esto corresponde a los impuestos (10% del precio total), al procedimiento ante un notario y a la inscripción en el Registro de la Propiedad (2% del precio total).
Sus nuevas obligaciones como arrendador
Como nuevo miembro de la copropiedad, debe informar al Sindicato de copropiedad y proporcionarle sus datos bancarios. De esta forma, se le podrá domiciliar los honorarios de administración y será notificado de las reuniones de copropiedad.
También, deberá ponerse en contacto con los organismos privados y públicos (agua, gas y electricidad) para cambiar la titularización de las cuentas y realizar la domiciliación de los pagos. Se le pedirá que notifique las lecturas de los contadores.
Finalmente, tendrá que notificar al Ayuntamiento de Barcelona el cambio de titular del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles), que deberá pagar al año siguiente de la compra.
Nuestro consejo:
Si se encuentra decidido por alguna propiedad, deberá verificar que tenga la Cédula de habitabilidad. Es un documento que acredita el registro del piso como lugar de residencia. Además, confirmar que no haya obras en curso o previstas en el edificio o en las áreas comunes ya que en ese caso, se podría volver a negociar sobre el precio.
This post was last modified on 06/08/2020 18:26
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